La prueba conocida como PCR (de reacción en cadena de la polimerasa) obligatoria para los viajes hacia Colombia, ha sido un vaivén de situaciones y decisiones tanto por parte del Ministerio de Salud como de entidades legislativas en los últimos meses, que puede llegar a confundir a nuestros clientes y afectar sus compras futuras.
Si bien es cierto que la PCR se dio a conocer en su momento como un mecanismo de contención de la propagación del covid-19, hoy en día se considera más como una herramienta que agiliza procesos de identificación para aplicar protocolos de bioseguirdad y por tanto se evalúa si exigirla como requisito obligatorio sea realmente necesario para el ingreso de viajeros tanto nacionales como extranjeros.
El pasado 4 de Noviembre de 2020, El Ministro de Salud, Fernando Ruíz anunció la expedición de la resolución 1972, la cual modifica algunos controles para la llegada de pasajeros internacionales, entre ellos, la no exigencia de la prueba PCR negativa, pero sí se hará rastreo a los viajeros nacionales y extranjeros que lleguen al país.
Esto significó un gran avance en temas de reactivación económica ya que permitía reducir los requisitos para el ingreso al país y por ende posicionar a Colombia como destino atractivo y cercano para los viajeros internacionales.
Claramente esta resolución está enfocada a seguir con los cuidados necesarios de protección personal durante el proceso del viaje incluso al interior de los aviones y previo al viaje como el registro en Check-Mig.
29 Noviembre 2020
Por orden judicial, la prueba PCR negativa para Covid-19 deberá ser exigida nuevamente a los viajeros que ingresen vía aérea. Además la sentencia exige que los viajeros que ingresen deben cumplir la cuarentena o aislamiento preventivo por el término de 14 días en el lugar de vivienda o alojamiento previsto por cada viajero.
Entonces, ¡se ponen de acuerdo o no!
Eso es seguramente lo que pensamos la gran mayoría de agentes de turismo que dependemos de decisiones tan importantes como exigir o no la PCR negativa para ingresar al país, pues se convierte en un requisito que implicaría más gastos a los viajeros y que además no viajarían a Colombia para estar en cuarentena por 14 días con todos los costos a su cargo.
En respuesta a esta situación, el 1 de diciembre de 2020, el Ministro de Salud, Fernando Ruíz comunicó que no se exigirá ninguno de los requerimientos hasta tanto el juez aclare dicho fallo con criterios epidemiológicos teniendo como base los resultados, pues se requiere un estudio previo y calcular las variables para poder soportar tales decisiones sobre datos estadísticos y no sólo sobre medidas drásticas para contener la pandemia.
Teniendo en cuenta que recientemente algunos países ya han iniciado la 4 etapa (aplicación a gran escala) de la vacuna contra el covid-19, se podría pensar que estamos viendo la luz al final del túnel.
Sin embargo, cabe aclarar que esta solución tardará incluso hasta 1 año más en llegar a Colombia y aún más para Sud América, pues las relaciones y contratos de compra entre gobierno y farmacéuticas como la Pfizer, Inc. prevén su distribución paulatinamente una vez solucionados temas transporte especializado debido a su delicado estado bajo temperaturas que alcanzan los -70º.
Entonces mientras llega ese momento, debemos recordar que la medida más efectiva para poder reactivar los viajes y la economía en general es continuar promoviendo a nuestros familiares, amigos y clientes el auto-cuidado aplicando las medidas de bioseguirdad que ya todos conocemos.